Impuesto sobre la Renta y Complementarios.- Renta Presuntiva – Exclusiones, Numeral 4 del artículo 191 del E.T.

El peticionario plantea un caso particular y concreto, referido a la aplicación del numeral 4 del artículo 191 del Estatuto Tributario, solicitando precisar si la exclusión cobija a los gestores que han suscrito convenios de cofinanciación con entes territoriales para el desarrollo de proyectos de transporte público masivo de pasajeros.

Para la procedencia de la exclusión de renta presuntiva prevista en el numeral 4 del artículo 191 del Estatuto Tributario, debe verificarse el estricto cumplimiento de los supuestos que trae la norma, por corresponder un tratamiento exceptivo consagrado en la ley.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN –
Oficio No. 0290 del 09 de Marzo de 2020
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