IVA. Bimestre 5.º año 2009. Sanción por no informar. Favorabilidad tributaria.


La sala toma la decisión o fallo en un proceso legal o administrativo.

Aquí se resalta lo siguiente:

  1. La Sala identifica que la información proporcionada por la actora durante el proceso de devolución del saldo a su favor no coincidió con la información solicitada. Se mencionan algunos documentos que se adjuntaron, como los manifiestos de carga internacional, pero se argumenta que no cumplen con los requisitos específicos solicitados.
  2. Se señala que el certificado de existencia y representación legal presentado no cumplió con los requisitos de periodicidad requeridos y no se entregó en el momento adecuado.
  3. Se menciona que faltan varios documentos e información que se requerían, como comprobantes de transporte, facturas de venta, documentos que demuestren la entrega de la carga, comprobantes de pago, registros contables y comunicaciones relacionadas con la operación.
  4. Se concluye que el contribuyente incumplió el requerimiento de información, lo que conlleva a la imposición de una sanción por no proporcionar la información solicitada. El cargo de apelación presentado prospera.
  5. Sin embargo, se hace referencia al principio de favorabilidad, que establece que se debe aplicar la norma más favorable al contribuyente, incluso si esta es posterior a la comisión de la infracción. Se menciona que la Ley 2277 de 2022 redujo la sanción por no suministrar información del 5% al 1% (con un límite máximo de 7,500 UVT), y se establece que este nuevo porcentaje de sanción se aplicará en este caso específico.