![calendar-2428560_1920](https://desdebogota.com/pongasealdia/wp-content/uploads/2020/03/calendar-2428560_1920-678x381.jpg)
Aplica para procedimientos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios.
Tengan en cuenta que la suspensión de términos anunciada por la entidad, hace referencia a los procedimientos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios. Esto no aplica para las fechas determinadas en el calendario tributario, las cuales solo pueden ser modificadas a través de decretos.