Revocatoria directa – Matrícula mercantil cancelada.

Cuáles son los registros que conforman el RUES

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Acuso recibo de su escrito radicado con el número citado en la referencia, por medio del cual formula una consulta en torno a la posibilidad de “activar” una matrícula mercantil cancelada por la ocurrencia de un error involuntario.


El interrogante se plantea en los siguientes términos:


“(…) en días (sic) pasados por error cancele (sic) la matricula (sic) mercantil, de un cliente por cancelar el establecimiento de comercio, mi pregunta ya ha pasado 6 meses de dicho error, hay alguna figura jurídica (sic) para poder revertir dicho error y activar la matricula mercantil, teniendo en cuenta que se canceló (sic) por error y que lleva matriculada más (sic) de 15 años gracias”


Se procede a absolver la consulta formulada en los términos de los artículos 14 y 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, con la advertencia de que las opiniones que se presentan no están dirigidas a resolver situaciones particulares o para determinar consecuencias de las mismas.

En este sentido los pronunciamientos que se expresan tienen alcance general y abstracto, razón por la cual no tienen carácter vinculante ni comprometen la responsabilidad de la entidad.


Para este propósito se pone de presente que la Superintendencia de Sociedades asumió, desde el primero de enero de dos mil veintidós, por ministerio del artículo 70 la Ley 2069 de 2020, las funciones de vigilancia de cámaras de comercio, sus federaciones y confederaciones, el registro mercantil y el cumplimiento de los deberes de los comerciantes.


De conformidad con la norma, corresponde a esta Superintendencia, como supervisor de las cámaras de comercio, atender las consultas de carácter general sobre las competencias que en las materias indicadas, sean formuladas por los usuarios externos de la Entidad, sin perjuicio de la autonomía que le corresponde a las cámaras de comercio para el debido ejercicio de sus competencias en el marco de las funciones que les han sido encomendadas por ministerio de la ley.

corresponderá a la cámara de comercio competente evaluar la procedencia de la petición de revocatoria directa6 que llegue a presentarse y decidirá, de acuerdo con los elementos de juicio a su disposición y las pruebas que haya en su haber, revocar o no el acto administrativo de inscripción de la cancelación de la matrícula mercantil en el Registro Mercantil.



Superintendencia de Sociedades.
Concepto No 220-100861 / 19-04-2022

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