ICA. 2011. Actividad comercial. Inversión en sociedades. Dividendos. Sanción por inexactitud. Exculpación. Error.

Corresponde establecer si la inversión en sociedades es una actividad comercial, en los términos previstos por el artículo 32 del Decreto Distrital 352 de 2002, para decidir si los dividendos percibidos a título de rendimiento de la inversión están gravados con el ICA.

Tendrá que evaluar la Sala los demás cargos de la demanda, a fin de establecer si gravar los réditos de la inversión en sociedades supone una doble imposición; y si la actuación acusada fue debidamente motivada.

El litigio requiere entonces que la Sala acote el concepto de «actividad comercial», dándole alcance a la remisión que desde la normativa del ICA se hace a la codificación comercial.
Consejo de Estado Sección Cuarta, Sentencia,
25000233700020130110701 (23424) , 02/12/2021.

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