Registro de Libro de Actas para Entidades Sin Ánimo de Lucro

18 enero, 2024 admin 0

La DIAN, ha clarificado que las entidades sin ánimo de lucro deben registrar sus libros de actas ante la DIAN, siguiendo las normativas específicas del Decreto 1625 de 2016 y la Circular Externa 2 de 2022. Es crucial que estas actas estén firmadas, como lo estipula el Código de Comercio, para garantizar su pleno valor probatorio.