¿En la actualidad, qué contribuyentes están obligados a registrar los libros de contabilidad ante la Dian?

“Si una persona natural, figura en el Rut como no responsable del Impuesto a las Ventas, por cuanto sus ingresos gravados del año anterior o año gravable son inferiores a 3.500 UVT y además cumple con los demás requisitos para no serlo, pero sus ingresos no gravados superan los 3.500 UVT, está obligada a facturar en forma electrónica?

Se deben sumar ambos ingresos (gravados y no gravados) y si superan los 3.500 UVT, estaría obligado a expedir factura electrónica?

¿Los no responsables del impuesto al consumo en licores y cigarrillos como son los comercializadores de dichos productos, deben cargar al costo el valor de dicho impuesto y este hace parte de la base gravable para la liquidación del impuesto a las ventas?
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0689 / 12-05-2021

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