Tasa de interés moratorio para efectos tributarios se fija en 25.18% efectivo anual.

En el Comunicado de Prensa y la Resolución No. 0505 del 29 de mayo de 2020, expedidos por la Superintendencia Financiera de 2 Colombia, y según lo establecido por el artículo 635 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 279 de la Ley 1819/16 (Reforma Tributaria), la tasa de interés moratorio para efectos tributarios se fija en 25.18% efectivo anual para el período comprendido entre el 1 al 30 de junio de 2020.
Superintendencia Financiera de Colombia
Resolución No. 0505 del 29 de mayo de 2020
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