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EstatutoTributariodeBogotá
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Se prescribe el formulario No. 2593 versión 4, su instructivo y el anexo, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE en el año 2021 y siguientes.
Prescripción del formulario No. 2593 versión 4 – Recibo Electrónico SIMPLE. Prescribir el formulario No. 2593 “Recibo Electrónico SIMPLE”, versión 4 y su instructivo, junto con su anexo: “Liquidación del Componente ICA Territorial Bimestral por Municipios y Distritos”, diseño anexo que forma parte integral de la presente resolución.
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COMPENSACIÓN DE PÉRDIDAS FISCALES DE LA SOCIEDAD ABSORBENTE EN PROCESOS DE FUSIÓN POR ABSORCIÓN – Procedencia y límites.
El artículo 147 del E.T. regula el derecho de las sociedades a compensar las pérdidas fiscales. En el primer inciso [mod. art. 5, L 1111 de 2006] consagra el derecho de todas las sociedades, en general, a compensar, sin limitación, las pérdidas fiscales reajustadas fiscalmente, con las rentas que obtengan en los períodos gravables siguientes, sin perjuicio de la renta presuntiva del ejercicio.
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