Solicitud aclaración aislamiento frente a la generación constante por parte de las EPS,
de aislamientos preventivos u obligatorios por sospecha o confirmación de covid 19.


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Procedente de la superintendencia Nacional de Salud – SNS, hemos recibido la comunicación suscrita por usted, en la cual manifiesta: “Por medio del presente nos remitimos nuevamente a ustedes solicitando aclaración frente a la generación constante por parte de las EPS, de aislamientos preventivos u obligatorios por sospecha o confirmación de covid 19 en nuestros trabajadores, esto debido a que en reiteradas ocasiones y a pesar del trabajador manifestar síntomas de malestar como dolor de cabeza, congestión nasal, tos e incluso fiebre las EPS deciden otorgar aislamiento preventivo amparadas en la Circular conjunta de Minsalud y Mintrabajo No. 018 del 10/03/2020 y la resolución 385 del 12/03/2020 de minsalud, decreto 1374 de 2020, situación que en muchos casos no aplica para nuestros trabajadores, ya que así como lo define la circular conjunta de Minsalud y Mintrabajo No. 004 de 13/01/2022, será obligación del medico tratante indagar sobre la actividad laboral que ejecute el paciente y la capacidad física para desarrollar sus labores, con el fin de generar la incapacidad medica, actividad que no se realiza, esto debido a que otorgan aislamientos a personal que por la particularidad de su labor, para nuestra empresa no es posible brindar la opción de trabajo en casa, trabajo remoto o teletrabajo, situación que como se les ha manifestado con anterioridad nos afecta como empleadores, ya que debemos asumir toda la carga económica de tener a un trabajador en casa aislado sin ejercer labores, sumado a los costos secundarios que se asumen para suplir la ausencia de dicho funcionario.”

La medida de aislamiento preventivo, para un trabajador que presenta síntomas o sale positivo para Covid-19, no se puede considerar como incapacidad, teniendo en cuenta las disposiciones normativas para la expedición de una incapacidad y según las medidas preventivas indicadas en las diferentes circulares y, por lo tanto, los trabajadores que se encuentren bajo esta medida deberán en lo posible, estar bajo los lineamientos de teletrabajo, trabajo en casa, vacaciones, entre otros.



Ministerio de Salud y Proteccion Social.
Concepto No 666731 / 08-04-2022

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