¿Sabía usted que puede solicitar una deducción del 1% del valor de sus adquisiciones de bienes y/o servicios, siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos como la validación previa de la factura electrónica y el pago mediante medios electrónicos?


¿Para efectos de calcular la deducción del impuesto sobre la renta contemplada en el numeral 5 del artículo 336 del Estatuto Tributario, se debe incluir el IVA pagado por las adquisiciones de bienes y/o servicios?

Tesis Jurídica

Para efectos de calcular la deducción del impuesto sobre la renta contemplada en el numeral 5 del artículo 336 del Estatuto Tributario, se debe incluir el valor de IVA pagado por las adquisiciones de bienes y/o servicios, toda vez que este hace parte del valor de la adquisición, salvo que se haya solicitado como costo o gasto en el impuesto sobre la renta, descontable en el impuesto sobre las ventas o como descuento de acuerdo a lo contemplado en el numeral 5.2 del artículo 336 del Estatuto Tributario.

Fundamentación

El artículo 7 de la Ley 2277 de 2022 creó una deducción en el impuesto sobre la renta para las personas naturales que realicen adquisiciones de bienes y/o servicios soportados con factura electrónica de venta, en los siguientes términos:

Requisitos para la Deducción

  1. Adquisiciones no solicitadas como costo o deducción
    • No se debe haber solicitado como costo o deducción en el impuesto sobre la renta.
    • No debe ser impuesto descontable en el IVA.
    • No debe ser ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, renta exenta, descuento tributario u otro tipo de beneficio o crédito fiscal.
  2. Factura electrónica de venta con validación previa
    • La adquisición debe estar soportada con factura electrónica de venta validada previamente.
    • La factura debe identificar al adquirente con nombres y apellidos, NIT o número de documento de identificación.
  3. Pago mediante medios electrónicos
    • La factura electrónica debe haber sido pagada a través de tarjeta débito, crédito o cualquier medio electrónico.
    • La entidad financiera debe estar vigilada por la Superintendencia Financiera o su equivalente.
  4. Facturas expedidas por sujetos obligados
    • La factura debe ser expedida por sujetos obligados a emitirla.
    • La deducción no está sujeta al límite previsto en el numeral 3 del artículo 336.
    • No se tendrá en cuenta para el cálculo de la retención en la fuente, ni podrá dar lugar a pérdidas.

Interpretación del Valor de las Adquisiciones

El numeral 5 del artículo 336 del Estatuto Tributario no especifica el IVA pagado en las adquisiciones. Al mencionar “valor de las adquisiciones”, se refiere al valor total del bien y/o servicio. Esto incluye el IVA, a menos que se haya solicitado como costo o deducción en el impuesto sobre la renta, impuesto descontable en el IVA o cualquier otro beneficio tributario.

Tabla Comparativa de Tratamiento del IVA

SituaciónTratamiento del IVA
Valor solicitado como costo o deducción en rentaExcluir IVA
Valor solicitado como impuesto descontable en IVAExcluir IVA
No solicitado como beneficio tributarioIncluir IVA en el valor total de la adquisición
Factura electrónica con validación previaRequisito indispensable para la deducción
Pago mediante medios electrónicosRequisito indispensable para la deducción

Normatividad

Normatividad

NormatividadDescripción
Artículo 336 del Estatuto TributarioEstablece las condiciones para la deducción del 1% del valor de las adquisiciones de bienes y/o servicios en el impuesto sobre la renta.
Ley 2277 de 2022Crea la deducción del 1% para personas naturales que adquieran bienes y/o servicios con factura electrónica de venta.
Artículo 23 de la Ley 383 de 1997Establece las reglas para excluir el IVA pagado cuando se solicita como costo o deducción en el impuesto sobre la renta o como impuesto descontable en IVA.


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