Retención en la fuente por concepto de servicios de transporte.

Consulta:

Mediante el radicado de la referencia, la peticionara consulta: ¿Cuáles la tarifa de retención en la fuente que se debe aplicar y especificar en la factura, con respecto a la retención en la fuente por la prestación del servicio de transporte de carga?

El artículo 1.2.4.4.8 del Decreto 1625 de 2016 señala que, en el caso del transporte de carga terrestre, la retención en la fuente se aplicará sobre el valor bruto de los pagos o abonos en cuenta que hagan las personas jurídicas o sociedades de hecho, a la tarifa del 1%.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 951 / 31-07-2020
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