Régimen de Precios de Transferencia / Obligaciones formales.

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita se resuelvan las inquietudes que a continuación se enuncian y se responden:

Dentro del listado de los tipos de operación contemplados en el Régimen de Precios de Transferencia, indicados en el Artículo 1.2.2.3.2. del Decreto Único 1625 de 2016, se incluye una categoría de “otras operaciones” que abarcan los aportes en especie o en industria a sociedades o entidades extranjeras:

a. Si un contribuyente del impuesto sobre la renta en Colombia, que supere los topes de Patrimonio Bruto e Ingresos Brutos señalados en el Numeral 1 del Artículo 260-5, recibe aportes en especie de sociedades o entidades vinculadas extranjeras, ¿debería incluir tales transacciones en la Declaración Informativa de Precios de Transferencia?

b. Si el mismo contribuyente recibe de su casa principal un activo como aporte a través de la cuenta de inversión suplementaria al capital asignado, ¿deberá incluir tal transacción en la Declaración Informativa de Precios de Transferencia?
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio Nº 1151 / 28-07-2021
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