¿Quienes están obligados a presentar el informe maestro y la documentación comprobatoria en Colombia?

El Informe Maestro al que se refiere el artículo 260-5 del Estatuto Tributario y la Sección 2 del Capítulo 2 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 1 del presente Decreto, deberá ser preparado y enviado por aquellos contribuyentes que cumplan con los topes señalados en el presente artículo para presentar el Informe Local y que pertenezcan a grupos multinacionales, …

Como se observa, se plantean dos situaciones a tener en cuenta para establecer la obligación de presentar el Informe Maestro:

  • i) la verificación de topes para preparar y enviar el informe Maestro, los cuales corresponden a los mismos topes exigidos para el Informe Local, y
  • ii) como elemento adicional, pertenecerá un Grupo Multinacional.

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