Procedimiento tributario / Principio de favorabilidad en etapa de cobro.

Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta:

Un contribuyente que fue sancionado antes de la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016 mediante resolución independiente, la cual se encuentra ejecutoriada

¿puede reducir el monto de la sanción aplicando por sí mismo el artículo 640 del Estatuto Tributario, atendiendo lo consagrado en el artículo 120 de la Ley 2010 de 2019?

La aplicación del principio de favorabilidad en la etapa de cobro no era admisible cuando el contribuyente lo realizó motu proprio; por el contrario, se debía elevar una solicitud a la Administración Tributaria a fin de que la misma expidiera el auto de terminación del proceso de cobro – con relación a la obligación u obligaciones objeto de beneficio – o, en su defecto, resolución negando la misma.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio N° 0456 / 24-03-2021

Descargar