Por la cual se amplia la contingencia declarada en la resolución No 4131.040.21.1.0780 del 07 de diciembre de 2023.


A partir del catorce (14) de noviembre de 2023, se declara la contingencia prevista en el párrafo 2 del artículo octavo de la Resolución No. 4131.040.21.0506 de 2022. La fundamentación de esta declaración se basa en la certificación emitida por el Subdirector de Tecnología Digital (DATIC), la cual señala la existencia de fuerza mayor y los inconvenientes técnicos relacionados con la funcionalidad de la plataforma tecnológica de la Alcaldía.

En este contexto, se destaca que la contingencia declarada está vinculada específicamente al proceso de diligenciamiento de la declaración bimestral del impuesto de Industria y Comercio, así como su complementario de Avisos y Tableros. Estos inconvenientes tecnológicos han generado una situación excepcional que requiere la aplicación de medidas y consideraciones especiales, como lo contempla el marco normativo establecido en la mencionada resolución.

La certificación del Subdirector de Tecnología Digital (DATIC) proporciona respaldo y validez a la declaración de contingencia, al evidenciar la existencia de dificultades técnicas que escapan al control y gestión ordinaria de la Alcaldía. Por lo tanto, la aplicación de esta medida busca mitigar los impactos negativos y garantizar la continuidad de los procesos tributarios afectados.

Es crucial destacar que la contingencia declarada no solo reconoce la presencia de obstáculos técnicos, sino que también busca sentar las bases para la adopción de soluciones efectivas que permitan restablecer la funcionalidad de la plataforma tecnológica en el menor tiempo posible. La cooperación y comprensión de los contribuyentes afectados serán fundamentales durante este periodo excepcional.

En resumen, la declaración de contingencia a partir del 14 de noviembre de 2023 se fundamenta en la certificación del Subdirector de Tecnología Digital (DATIC) respecto a la fuerza mayor y los inconvenientes técnicos en la plataforma de la Alcaldía, específicamente en relación con la declaración bimestral del impuesto de Industria y Comercio y su complementario de Avisos y Tableros.
Declarar desde el dia 14 de noviembre de 2023 la contingencia de que trata el paragrafo 2 del articulo 8 de la resolucion

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