Póngase al día. Boletín tributario Febrero 16 de 2022.

Se adopta la clasificación de códigos CIIU y se determina las categorías y subcategorías de prestadores de servicios turísticos para su inscripción en el Registro Nacional de Turismo.

La presente resolución tiene como objeto determinar las categorías y subcategorías de prestadores de servicios turísticos y adoptar los códigos de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) que identifican las actividades económicas de los prestadores de servicios turísticos para su inscripción en el Registro Nacional de Turismo.

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Se dictan disposiciones para la operación de la devolución del impuesto sobre las ventas -IVA a los turistas extranjeros a través de una empresa operadora de pagos.

La presente resolución tiene como objeto establecer los parámetros para la devolución del impuesto sobre las ventas -IVA a los turistas extranjeros, por la compra de bienes gravados con el impuesto sobre las ventas – IVA en el territorio nacional, a través de una empresa operadora de pagos, siempre que tales bienes estén destinados a ser utilizados o consumidos en el exterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 300 de 1996, modificado por el artículo 14 de la Ley 1101 de 2006.

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IMPUESTO A LA RIQUEZA DE LA LEY 1739 DE 2014 – No se trata de un nuevo impuesto, sino del mismo impuesto al patrimonio, pero con diferente denominación.

El Impuesto a la riqueza se genera por la posesión de la misma al 1º de enero del año 2015, cuyo valor sea igual o superior a $1.000 millones de pesos. Para efectos de este gravamen, el concepto de riqueza es equivalente al total del patrimonio bruto del contribuyente poseído en la misma fecha menos las deudas a cargo del contribuyente vigentes en esa fecha.

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DEDUCCIÓN DE INTERESES PAGADOS CON OCASIÓN DE UN CRÉDITO – Procedencia. Se debe analizar en cada caso concreto.

«Al tratarse del pago de intereses por préstamo otorgado para la adquisición de acciones se tiene que este no se adecúa a la noción de expensas necesarias y no se encuentra la relación de causalidad con la actividad productora de renta».

El artículo 107 del Estatuto Tributario establece que son deducibles del impuesto de Renta las expensas realizadas en el periodo gravable siempre que cumpla con los requisitos de necesidad, proporcionalidad y relación de causalidad con la actividad generadora de renta.

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EFECTOS TRIBUTARIOS O FISCALES DE LA FUSIÓN DE SOCIEDADES – Iniciación frente a la sociedad absorbente.

Sobre los efectos de los procesos de fusión societaria, la Sala precisó lo siguiente:

“El artículo 14-1 del Estatuto Tributario, establecía que las fusiones societarias no implicaban enajenación entre las partes intervinientes, por lo que no estaba gravada con el impuesto sobre la renta la transferencia y adquisición de activos, pasivos y derechos de la sociedad absorbida a la absorbente -artículo 178 del Código de Comercio-, sin perjuicio de lo cual la sociedad absorbente adquiría la condición de deudora solidaria de las obligaciones tributarias causadas antes del perfeccionamiento de la fusión de las que fuera sujeto pasivo la sociedad absorbida, según el inciso segundo del artículo en cita y el literal c del artículo 793 del Estatuto Tributario.

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CORRECCIÓN DE DECLARACIONES TRIBUTARIAS QUE DISMINUYAN EL VALOR A PAGAR O AUMENTEN EL SALDO A FAVOR – Procedimiento.

El artículo 589 del Estatuto Tributario desarrolla el procedimiento para corregir las declaraciones privadas que, como en el caso concreto, busquen disminuir el valor a pagar.

Esta norma dispone que la administración debe practicar la liquidación oficial de corrección dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la solicitud y, de no hacerlo en este término, el proyecto de corrección sustituye a la declaración inicial. De esto se desprende la configuración del silencio administrativo positivo, dado que la consecuencia de la omisión de la administración de resolver la petición del contribuyente a tiempo es la aceptación de la misma, en este caso, se sustituye la declaración inicial con el proyecto de corrección.

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