Obligación de la parte contratante de verificar la afiliación y pago de aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Consulta:

¿Los pagos a independientes por concepto de arrendamientos, para efectos de la deducción en el impuesto de renta, se debe hacer la validación de los pagos de seguridad social?

En los contratos sean civiles, comerciales o administrativos en donde esté involucrada la prestación de un servicio por una persona natural en favor de una persona natural o jurídica de derecho público o privado, indistintamente de la forma en que se pacte el servicio, de la denominación de la remuneración, o de los elementos o maquinaria utilizada para su prestación, la parte contratante deberá verificar la afiliación y el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral que le correspondan al contratista según la ley.

A contrario sensu, en los contratos que no impliquen la prestación de un servicio personal, no resulta aplicable la verificación prevista en el artículo 3° del Decreto 1070 de 2013.
Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 2565 / 01-10-2020
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