Nuevas fechas para cumplimiento de obligaciones tributarias.

Mediante el Decreto 435 del 19 de marzo de 2020, el Gobierno Nacional modificó algunas de las fechas del calendario tributario para el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios
Para Grandes Contribuyentes. Modifica el plazo a los Grandes Contribuyentes, inicialmente esta comprendía las fechas entre el 14 y el 27 de abril, ahora será entre el 21 de abril y el 5 de mayo.

Para Personas Jurídicas, Inicialmente esta comprendía las fechas entre el 14 de abril y el 12 de mayo, ahora será entre el 21 de abril y el 19 de mayo.

Declaración de activos en el exterior
Para los Grandes Contribuyentes y Personas Jurídicas, entre el 21 de abril y el 5 de mayo para Grandes Contribuyentes y el 21 de abril y el 19 de mayo para Personas Jurídicas.

Impuesto Sobre las Ventas – IVA Solo para algunos contribuyentes, inicialmente los plazos estaban para el segundo bimestre y para el primer cuatrimestre entre el 12 y el 26 de mayo, ahora bimestre marzo – abril o del cuatrimestre enero – abril, según el caso, hasta el 30 de junio de 2020.

Impuesto Nacional al Consumo.
Solo para algunos contribuyentes, inicialmente este plazo estaba entre el 12 y el 26 de mayo, ahora el plazo para realizar el pago del segundo bimestre (marzo – abril de 2020) hasta el 30 de junio del mismo año.

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