Impuesto sobre la Renta y Complementarios / Régimen Tributario Especial.

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta sobre la posibilidad desde la perspectiva tributaria de entregar ayudas económicas a los clubes afiliados por parte de la Liga de Futbol, de los excedentes de anteriores ejercicios.

El artículo 357 del Estatuto Tributario, respecto a la determinación del beneficio neto o excedente, establece que:


“Se tomará la totalidad de los ingresos, cualquiera sea su naturaleza, y se restará el valor de los egresos de cualquier naturaleza, que tengan relación de causalidad con los ingresos o con el cumplimiento de su objeto social de conformidad con lo dispuesto en este Título, incluyendo en los egresos las inversiones que hagan en cumplimiento del mismo.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 865 / 23-07-2020
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