![Contador-336370_1920](https://desdebogota.com/pongasealdia/wp-content/uploads/2021/03/Contador-336370_1920-678x381.jpg)
Consulta: Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta textualmente: “En caso de ser aprobado el proyecto, y NO poder cumplir por algún motivo, con alguno de los requisitos establecidos allí (…) en ese caso a que sanción, multa o que otra consecuencia nos podría acarrear este incumplimiento, aparte de tener que liquidar la renta normalmente del año Gravable fruto del incumplimiento y de ahí en adelante tal como lo establece el decreto 286/2020? |
![]() | Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio No 0045 / 19-01-2021 Descargar |