![empresas-1340649_1920](https://desdebogota.com/pongasealdia/wp-content/uploads/2020/11/empresas-1340649_1920-678x381.jpg)
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria solicita se indique si la excepción a la regla de subcapitalización consagrada en el parágrafo 5° del artículo 118-1 del Estatuto Tributario aplica a las deudas cuyos recursos se destinen a la financiación de proyectos de infraestructura de transporte o de servicios públicos, independientemente de las calidades del sujeto que las haya contraído. Lo anterior, con el fin de determinar si es aplicable dicha excepción al crédito que una matriz otorga a su subsidiaria, cuando es esta última quien a su vez otorga un crédito con dichos recursos a una sociedad de propósito especial de su propiedad para realizar el proyecto de infraestructura. |
![]() | Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio No 001108 / 22-07-2018 Descargar |