Impuesto sobre la renta / Dividendos.

Mediante el radicado de la referencia, se consulta sobre el procedimiento aplicable en el reintegro de retenciones en la fuente trasladables al beneficiario final de que trata el artículo 242-1 del Estatuto Tributario para las entidades no contribuyentes del impuesto de renta, específicamente para los fondos de pensiones obligatorias y cesantías.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0295 / 01-03-2021

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