Es hora de aprovechar los beneficios en la tasa de interés moratoria para deudores.


Llegó el momento para que todos los contribuyentes deudores de obligaciones tributarias y aduaneras ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) aprovechen el beneficio de la rebaja en la tasa de interés de mora de un cincuenta (50%) por ciento que estará vigente hasta el próximo treinta de junio, oportunidad incorporada por la recientemente aprobada Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social. 

En este sentido, la DIAN busca facilitar y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones pendientes de un grupo de 11.025 deudores (de un total de 326.381 personas), identificados por la entidad, y que tienen obligaciones pendientes de pago por la suma de $1,81 billones. 

Para quienes no puedan realizar el pago total de la obligación antes de la fecha indicada, la DIAN les concederá facilidades para el pago, sin garantías, cuando el término no sea superior a un (1) año y el deudor no haya incumplido facilidades para el pago durante el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.  Para el trámite de la facilidad podrán acudir a las dependencias de cobro de las Direcciones Seccionales y suscribir un acta en la que se establezca el plazo, numero de cuotas, periodicidad, detalle y el valor de las obligaciones objeto de pago, bajo esta modalidad. 

Si el plazo para el pago de la obligación adeudada es superior a un año, deberá suscribir, igualmente, facilidad de pago y la misma debe estar respaldada por garantía de bienes. 

Es importante que los deudores tengan en cuenta que la solicitud para la suscripción de las facilidades o acuerdos para el pago antes mencionados deberá ser radicada, a más tardar, el quince (15) de mayo de 2023. 

La DIAN continúa generando espacios de facilitación, como lo es el desarrollo de la Jornada “Al día con la DIAN, le cumplo al país», en aras de propiciar el cumplimiento de las obligaciones pendientes de todos los deudores, así como mecanismos que promuevan ese cumplimiento, como lo es en este caso una rebaja en la tasa de interés moratoria corresponde al cincuenta por ciento (50%), establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario, todo esto en desarrollo de la misión de la entidad y con el fin de coadyuvar a la sostenibilidad fiscal de la Nación. 

De otra parte, entre las campañas de control que realiza la Entidad en enero, invita a los contribuyentes a: 

  • Verificar cumplimiento de la repatriación de activos anunciada en su Declaración del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria (año 2022). 
  • Revisar la posible inexactitud o ineficacia en las declaraciones a los responsables de Retención en la Fuente (año 2022). 

Descargue aquí el Comunicado de Prensa



Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Comunicado de prensa.

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