¿Cuál es la naturaleza de los pagos de los empleadores a los teletrabajadores por gastos de energía e internet?


Teletrabajo: ¿Ingresos gravables por gastos de energía e internet?

Aspectos más importantes:

  1. Consulta sobre la naturaleza de los pagos realizados por los empleadores a los teletrabajadores por gastos de energía e internet.
  2. Análisis de la normativa tributaria relacionada y su implicancia en la declaración de renta.

Normatividad relacionada:

NormatividadDescripción
Ley 1221 de 2008Establece normas para promover y regular el teletrabajo.
Artículo 107 del Estatuto TributarioEstablece la posibilidad de deducir gastos necesarios y proporcionados en el desarrollo de actividades productoras de renta.
Artículo 26 del Estatuto TributarioDetermina que la renta líquida gravable se obtiene a partir de los ingresos netos menos las devoluciones, rebajas, descuentos y costos imputables.
Decreto 1625 de 2016Establece que un ingreso puede incrementar el patrimonio neto, aunque no se haya realizado efectivamente la capitalización al final del ejercicio.
Artículo 6, numeral 7 de la Ley 1221 de 2008Obligaciones del empleador en cuanto a la provisión y mantenimiento de equipos, conexiones, programas y gastos de energía relacionados al teletrabajo.
Artículo 103 del Estatuto TributarioDetermina la inclusión de ingresos por rentas de trabajo en la declaración de renta.

Normatividad relacionada:

  1. En el sitio web www.pongasealdia.com/pongasealdia se encuentra una publicación relacionada titulada «Procedencia de la deducción de gastos realizados por pagos efectuados por el empleador al teletrabajador como aporte para cancelar los servicios de energía e internet de la vivienda del empleado.«.
  2. También te puede interesar el artículo «Deducción por contribuciones a educación de los empleados.»

Conclusión:

En conclusión, la consulta sobre si los pagos realizados por los empleadores a los teletrabajadores por gastos de energía e internet constituyen ingresos gravables depende de si dichos pagos incrementan netamente el patrimonio del trabajador.

Según la normativa tributaria analizada, si estos pagos generan un incremento neto en el patrimonio, deben ser incluidos en la declaración de renta bajo la categoría de rentas de trabajo.

Es importante analizar cada caso particular para determinar la naturaleza de estos ingresos y su impacto en la declaración tributaria. El teletrabajo plantea desafíos y beneficios, y es fundamental conocer las disposiciones normativas para cumplir adecuadamente con las obligaciones fiscales.


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