Causales de terminación de contrato laboral / El preaviso por disposición legal impone un tiempo mínimo para efectuarse y producir efectos jurídicos, pero no estipula un tiempo máximo.

Para la terminación de los contratos de trabajo a término fijo, incluyendo aquellos cuya duración sea inferior a un año, el empleador debe avisar por escrito a la otra parte, con una antelación no inferior a treinta (30) días de la terminación del contrato de trabajo, su determinación de no prorrogar el contrato.

Por consiguiente, la normatividad en cita exige un término mínimo de preaviso, con una antelación no inferior a treinta (30) días de la terminación del contrato de trabajo
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