Tributaria
DIAN.- ¿Qué hacer con los correos electrónicos falsos?
La DIAN solo manda correos electrónicos a través de las cuentas comunicaciones@dian.gov.co, notificaciones@dian.gov.co y newsletter@informaciondian.dian.go .co. Estas son las únicas cuentas autorizadas para enviar comunicaciones a los ciudadanos. Si usted recibe un mensaje de una cuenta diferente, es un mensaje falso.
Se establecen los requisitos para ser autorizado para actuar como autorretenedor del impuesto sobre la renta.
La modificación propuesta busca reducir el plazo de no presentar pérdidas fiscales a tres periodos y garantizar que el solicitante se mantenga al día en sus obligaciones tributarias durante el estudio de la solicitud, fortaleciendo la supervisión y asegurando la solidez económica y fiscal de los contribuyentes autorretenedores.