Aunque una cooperativa calificada como contribuyente del Régimen Tributario Especial (RTE) lleve a cabo las inversiones a que se refieren los artículos 11 y 14 de la Ley 1715 del 2014, las mismas no darán lugar a la deducción especial y depreciación acelerada de que tratan dichas disposiciones.
En términos generales, un pago o abono en cuenta estará sometido a retención en la fuente, siempre que constituya ingreso tributario, que sea gravado con renta o ganancia ocasional, o que no se halle expresamente exento de retención.
La obligación de facturar es independiente de la responsabilidad del impuesto sobre las ventas (IVA), por lo que puede un sujeto no ser responsable de IVA y, a su vez, ser obligado a facturar.
Los artículos 80 y 87 del Decreto 352 del 2002 determinaron que el hecho generador del impuesto de azar y espectáculos estaba constituido por la realización de los eventos gravados y que su causación ocurría al momento de la realización del espectáculo.
Entre los objetivos de la iniciativa gubernamental está la creación de un modelo de atención primaria en salud, la administración pública de los recursos del sistema y dignificar el trabajo del capital humano en salud.
La anulación de la factura de venta podrá efectuarse cuando la operación económica que se soporta no se lleva a cabo. Sin embargo, no es posible anular la factura de venta cuando la operación de venta o prestación de servicio se efectúa y no se recibe el pago de la misma.