La Corte sostiene que no es justo que los afiliados asuman la carga de las acciones negligentes de los empleadores en el pago de aportes, ni tampoco las consecuencias de fallas en el traslado de los mismos.
El régimen permite prerrogativas como elección de edad de pensionarse y modalidad de pensión, pero conlleva riesgos financieros, destacando la importancia del control de saldos por parte de los fondos privados.
La pensión de sobrevivientes, un derecho fundamental para aquellos beneficiarios de un afiliado o pensionado fallecido, tiene como objetivo principal mitigar las contingencias económicas derivadas de dicha pérdida.
¿Cuál es la obligación del empleador según la ley en caso de traslado de un trabajador? La ley establece que el empleador debe proporcionar los recursos necesarios para el traslado del trabajador.
La seguridad social no exime al empleador de su responsabilidad en accidentes laborales. Es esencial implementar medidas preventivas en lugar de correctivas. La insuficiencia de elementos de protección entregados agrava la situación.
La jurisprudencia constitucional enfatiza que la protección especial abarca a aquellos con limitaciones de salud que dificultan su desempeño laboral. La Corte Constitucional sostiene que no es necesario un diagnóstico específico ni documentos formales para respaldar esta protección.