Aplicación Exención de IVA por COVID / Decreto Legislativo 551 de 2020.

Respecto a la siguiente inquietud presentada por el peticionario, este Despacho precisa:

¿Es posible considerar que un insumo médico, según la definición general transcrita, (tapabocas 3 ply (capas) catalogado por el Invima de uso no médico, puede importarse con la exención de IVA del Decreto 551 de 2020 y la desgravación del arancel conforme el Decreto 410 de 2020?
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 801 / 03-07-2020
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