Radicación Electrónica de Recursos de Reconsideración.

¿Puedo radicar los recursos de reconsideración en materia tributaria de manera física?

¿Si radico un recurso de reconsideración electrónicamente también lo debo radicar “en físico”?

¿Para radicar electrónicamente el recurso de reconsideración debo tener Firma Electrónica?

¿Puedo radicar electrónicamente un recurso de reconsideración en materia tributaria a través de la opción de usuario no registrado?
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Radicación Electrónica de Recursos de Reconsideración.

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