¿Es procedente que una Entidad Pública, reciba y acepte una factura que tiene fecha de vencimiento de pago, anterior a la fecha en la cual es entregada a esta entidad?

Consulta:

Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria cuestiona acerca del registro de la factura electrónica de venta -RADIAN, específicamente cita el inciso segundo del artículo 63 de la Resolución DIAN 000042 de 2020 y requiere se conceptúe “si es procedente que una Entidad Pública, reciba y acepte una factura que tiene fecha de vencimiento de pago, anterior a la fecha en la cual es entregada a esta entidad”.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio Nº 0622 / 03-05-2021

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