BIENES QUE SE ENCUENTRAN EXENTOS DEL IMPUESTO. / Están exentos del impuesto sobre las ventas, con derecho a compensación y devolución.

Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria, tratándose de la producción de los bienes exentos de que trata el artículo 477 del Estatuto Tributario, en particular huevos de la partida arancelaria 04.07.11.00.00, consulta:

¿Respecto de qué insumos el IVA pagado se puede solicitar como impuesto descontable por parte del productor?

¿Solo sobre aquellos utilizados en la etapa productiva del animal o sobre todos los empleados en la producción del bien exento?
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0219 / 19-02-2021

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