![Trabajo-5064371_1920](https://desdebogota.com/pongasealdia/wp-content/uploads/2021/03/Trabajo-5064371_1920-678x381.jpg)
Los contribuyentes que estén obligados a presentar declaración de renta y complementarios, tienen derecho a deducir el 120% de los pagos que realicen por concepto de salario, en relación con los empleados que sean menores de veintiocho (28) años, siempre y cuando se trate del primer empleo de la persona. La deducción máxima por cada empleado no podrá exceder ciento quince (115) UVT mensuales y procederá en el año gravable en el que el empleado sea contratado por el contribuyente. Para efectos de acceder a la deducción de que trata este artículo, debe tratarse de nuevos empleos y el empleado deberá ser contratado con posterioridad a la vigencia de la presente Ley, ser menor de veintiocho (28) años y ser el primer empleo de la persona. |
![]() | Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Decreto 392 / 2021-04-13 Descargar |