Contratos de colaboración empresarial.

Consulta:

Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta:

¿Cuáles son las obligaciones tributarias que genera un contrato de aparcería?

De acuerdo con el artículo 1º de la Ley 6 de 1975, mediante este contrato una parte (propietario) acuerda con otra (aparcero) “explotar en mutua colaboración un fundo rural o una porción de este con el fin de repartirse entre sí los frutos o utilidades que resulten de la explotación”

En principio, puede afirmarse que el contrato de aparcería es un contrato de colaboración empresarial y, por ende, las partes deben declarar de manera independiente los activos, pasivos, ingresos, costos y deducciones que les correspondan, de acuerdo con su participación en los activos, pasivos, ingresos, costos y gastos incurridos en desarrollo de dicho contrato.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0146 / 05-02-2021

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