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Se requiere realizar las modificaciones al Reporte de Conciliación Fiscal Anexo Formulario 110 Formato 2516 y Reporte de Conciliación Fiscal Anexo Formulario 210 Formato 2517, prescritos en los literales a) y b) del artículo 1 de la Resolución 000071 del 28 de octubre de 2019, para que los sujetos obligados a presentar el reporte de conciliación fiscal cumplan con la obligación en los años gravables 2020 y siguientes. Que con el objeto de disponer del tiempo necesario para el desarrollo de las herramientas tecnológicas requeridas para la generación y presentación del Reporte de Conciliación Fiscal y posibilitar la preparación de la información por parte de los contribuyentes, es necesario ampliar el plazo de presentación previsto por el artículo 3 de la Resolución 000071 del 28 de octubre de 2019 para las personas jurídicas y asimiladas y las personas naturales y asimiladas calificadas para el año 2021 como “Grandes Contribuyentes”. |
![]() | Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN NÚMERO 000027 / (24 MAR 2021) Descargar |