Contratos de colaboración empresarial cuentas en participación.

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta textualmente lo siguiente:

“1. ¿Puede el socio gestor transferir al socio inactivo por concepto de “pago contrato cuentas en participación” la cuantía de $273.191 millones antes de determinarse el saldo de la utilidad operacional?

2. ¿Le es permitido al socio gestor asumir ese pago como un costo con el efecto de disminución de la base impositiva para el pago del impuesto de renta?

3. ¿El socio gestor debe aplicar alguna retención a ese pago que realiza al Departamento por su participación en el negocio en su condición de socio inactivo?. Algún gravamen correspondiente?”
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 1272 / 14-10-2020
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