Novedades en sistema cedular y renta de personas naturales.

El Ministerio de Hacienda expidió un decreto para reglamentar los artículos 27, 46, 55, 119, 206, 206-1, 235-2, literal e) del parágrafo 5 del artículo 240, 330, 331, 332, 333, 335 y 336 del Estatuto Tributario y modificar el Decreto 1625 del 2016, único reglamentario en materia Tributaria.

La norma hace referencia al tratamiento tributario de los aportes obligatorios que efectúen los trabajadores, empleadores y afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones y de las cotizaciones voluntarias al régimen de ahorro individual con solidaridad, a los efectos tributarios del leasing habitacional; el procedimiento para la asignación de la renta presuntiva cedular; clasificación de las rentas cedulares de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes; rentas exentas y deducciones; límites a estas; tratamiento de las pérdidas fiscales de las personas naturales y los activos omitidos, pasivos inexistentes y recuperación de deducciones.
Ministerio de Hacienda y Credito Publico.
Decreto No 1435 / 05-11-2020
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