Obligación de informar / Grupos empresariales / empresas extranjeras.

Consulta:

Pregunta Usted, si una empresa extranjera que es accionista de una empresa colombiana con el 60% de participación debe presentar información para reportar situación de control ante la DIAN? Indicando que la situación de control ya fue reportada a la cámara de comercio.

Los grupos empresariales inscritos en el registro mercantil de la Cámara de Comercio deben entregar la información a que se refiere el artículo 631-1 del Estatuto Tributario y, en lo que corresponde al año gravable, con las especificaciones señaladas en la respectiva Resolución.

Obsérvese que la obligación de carácter tributario se impone a los “grupos empresariales registrados en el registro mercantil”. Si bien la disposición del Estatuto Tributario se refiere a “grupos económicos y/o empresariales”, la resolución señala solamente a los “grupos empresariales”, aspecto éste dilucidado por el Consejo de Estado en múltiples pronunciamientos, acogidos por la doctrina de la DIAN.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0019951 / 31-07-2018
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