Entrega de la Información por parte de los Responsables de IVA.

Mediante el radicado de la referencia, respecto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el numeral 2.3 del artículo 2° del Decreto Legislativo 551 de 2020, la peticionaria consulta:

“Confirmar si hay reglamentado un formato establecido por la DIAN para el envío de la información, si el envio se va a realizar de forma virtual, o si por envío electrónico a que correo o si de forma física a que dirección y remitido a quien”.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 748 / 23-06-2020
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