¿Sabía usted que el salario en especie debe ser reconocido en su totalidad como gasto de personal, incluso si solo una parte del salario se paga en efectivo?


El concepto aborda la correcta contabilización del salario en especie para una empleada doméstica, según la normatividad vigente. La consulta realizada se centra en cómo debe ser registrado contablemente el salario cuando una parte del mismo es en especie.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) aclara que, conforme a la normativa contable para las Pymes (Sección 28 del Anexo 2 del DUR 2420 de 2015), el salario en especie debe reconocerse en su totalidad como gasto de personal, incluyendo tanto el componente en efectivo como el en especie.

Tabla Comparativa

Comparación del Manejo Contable del Salario en Especie

AspectoAntes del PronunciamientoDespués del Pronunciamiento
Reconocimiento del salario en especiePosible reconocimiento solo del 70% en efectivoReconocimiento del 100% del salario pactado, incluyendo el 30% en especie
Registro contablePodría haber confusión o doble registro (reversión del gasto en especie)Claridad en el registro: todo el salario se reconoce como gasto de personal
Normatividad aplicadaInterpretación variable o basada en prácticas no estandarizadasAplicación específica de la Sección 28 del Anexo 2 del DUR 2420 de 2015

Normatividad

Normatividad

NormatividadDescripción
Ley 43 de 1990Regula la profesión de la contaduría pública en Colombia.
Ley 1314 de 2009Establece el marco normativo de las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento.
DUR 2420 de 2015 (Anexo 2)Incluye las normas de contabilidad e información financiera para las Pymes.
Sección 28 del Anexo 2Detalla el reconocimiento de beneficios a los empleados, incluyendo el salario en especie.

Concepto sobre el Reconocimiento Contable del Salario en Especie para Empleados DomésticosConsulta:Se solicita aclaración sobre el manejo contable correcto de una empleada doméstica que recibe el 30% de su salario en especie. Específicamente, se pregunta si se debe reconocer el gasto por el salario mínimo completo y luego revertir el gasto correspondiente a la parte en especie, o si solo se debe reconocer el 70% del salario.Consideraciones y Respuesta del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP):El CTCP, como organismo orientador técnico-científico de la profesión y normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, responde de manera general, sin resolver casos particulares específicos.Definición de Empleado Doméstico:Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los trabajadores domésticos son aquellos que realizan labores en o para un hogar u hogares privados, como limpieza, cocina, cuidado de niños o ancianos, jardinería, vigilancia, conducción y cuidado de animales domésticos. Pueden trabajar a tiempo completo o parcial, ser internos o externos, y en algunos casos, pueden ser trabajadores migrantes.Manejo Contable del Salario en Especie:Considerando que no se especifica la forma de contratación del trabajador, pero sí se solicita la definición del manejo contable, el CTCP asume que el consultante es un proveedor de servicios que lleva contabilidad y se pronuncia basado en el Marco Técnico Normativo de las Pymes (Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario -DUR 2420 de 2015).La Sección 28 del Anexo 2 del DUR 2420 de 2015 establece:Reconocimiento General de Beneficios a los Empleados:
  • 28.3: Una entidad reconocerá el costo de todos los beneficios a los empleados a los que éstos tengan derecho como resultado de servicios prestados durante el período sobre el que se informa como un gasto, a menos que otra sección de la norma requiera que el costo se reconozca como parte del costo de un activo.
  • Beneficios a los Empleados a Corto Plazo:
  • 28.4: Los beneficios a corto plazo incluyen:
    • (a) Sueldos, salarios y aportaciones a la seguridad social.(b) Ausencias remuneradas a corto plazo.(c) Participaciones en ganancias e incentivos pagaderos dentro de los doce meses.(d) Beneficios no monetarios a los empleados actuales (como asistencia médica, alojamiento, automóviles y entrega de bienes y servicios gratuitos o subvencionados).
  • Conclusión:De acuerdo con lo mencionado, los pagos de salario en especie deben ser reconocidos como gastos de personal (beneficios a empleados) en los resultados del período sobre el que se informa, por el valor de la contraprestación pactada y permitida por la ley.Por lo tanto, no se debe reconocer solo el 70% del salario en efectivo, sino que se debe reconocer el 100% del salario pactado (que incluye el 70% en efectivo y el 30% en especie), reflejando adecuadamente el valor total de la remuneración en los estados financieros.