¿Sabía usted que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo modificó el Decreto 1116 del 2017 respecto a la importación anual de vehículos híbridos mediante el Decreto 2213?


El 28 de diciembre de 2023, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo anunció una modificación significativa al Decreto 1116 del 2017, específicamente relacionado con la importación anual de vehículos híbridos. Esta medida, plasmada en el Decreto 2213, redefine aspectos clave del proceso, destacando la alteración del artículo 3 de la normativa original.

La revisión del artículo 3 tiene como objetivo fundamental la aplicación de un gravamen arancelario del 5% para la importación anual de vehículos híbridos. 

En este sentido, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la Dirección de Comercio Exterior, asumirá la responsabilidad de establecer el procedimiento para la asignación y distribución de los cupos de importaciones. Este cambio busca una regulación más específica y detallada, acorde con las directrices que emita la entidad para tal fin.

Adicionalmente, el Decreto 2213 destaca la comunicación entre la Dirección de Comercio Exterior y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Según la normativa, la Dirección de Comercio Exterior notificará a la DIAN la cantidad asignada por subpartida arancelaria a cada solicitante, convirtiendo esta comunicación en el documento soporte de la declaración de importación. Cabe resaltar que cualquier declaración que exceda las cantidades indicadas en dicha comunicación conllevará a la liquidación y pago de los tributos aduaneros, sanciones e intereses correspondientes.

En resumen, el ajuste normativo efectuado mediante el Decreto 2213 busca una mayor claridad y rigurosidad en el proceso de importación anual de vehículos híbridos, estableciendo medidas concretas para la asignación de cupos y comunicación entre entidades. Estas modificaciones apuntan a una regulación más precisa y eficiente en la gestión de este tipo de importaciones.

Normativa relacionada con la modificación al Decreto 1116 del 2017:

Artículo ModificadoCambios Realizados
Artículo 3Se establece un gravamen arancelario del 5% para la importación anual de vehículos híbridos. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la Dirección de Comercio Exterior, regulará el procedimiento para la asignación y distribución de cupos según sus directrices. Además, se establece una comunicación formal con la DIAN para la notificación de las asignaciones por subpartida arancelaria.
¿Cuáles son los cambios más destacados introducidos por el Decreto 2213 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en relación con la importación anual de vehículos híbridos?

El Decreto 2213 introduce cambios significativos en el proceso de importación anual de vehículos híbridos, destacando la imposición de un gravamen arancelario del 5% y la redefinición del procedimiento para la asignación y distribución de cupos.

Además, se establece una comunicación formal entre la Dirección de Comercio Exterior y la DIAN para notificar las asignaciones por subpartida arancelaria, con el objetivo de garantizar una gestión más eficiente y precisa en este ámbito.