![Trabajo-casa-4996834_1920](https://desdebogota.com/pongasealdia/wp-content/uploads/2021/05/Trabajo-casa-4996834_1920-678x381.jpg)
![Veleros](http://pongasealdia.com/wp-content/uploads/2022/03/Veleros.png)
No es un Hotel y ya, es un lugar para reír, ser feliz y soñar, un lugar mágico que nunca olvidarás, que te brindará experiencias maravillosas que siempre querrás recordar.
![](http://pongasealdia.com/wp-content/uploads/2022/04/Veleros-29-1024x461.jpg)
Celular 300 670 2673
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta si las propiedades horizontales de uso mixto deben adelantar los procesos de permanencia, calificación o actualización en el Régimen Tributario Especial del impuesto sobre la renta y complementarios.
Si se cumplen las anteriores condiciones, las personas jurídicas originadas en la constitución de la propiedad horizontal no pueden desarrollar los proceso de calificación, permanencia y/o actualización en el Régimen Tributario Especial, por cuanto estas son contribuyentes del régimen ordinario del impuesto sobre la renta.
![]() | Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto Nº 000178 Ampliar Información |