Obligaciones de las notarías con respecto a facturación electrónica.

A partir del mes de septiembre de 2020 y como respuesta a la obligación de facturar electrónicamente impuesta por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN a todos los facturadores del país y en el caso particular a la Notarías, se inició la instalación del módulo de facturación electrónica, inicialmente para escrituración, encaminado a que las Notarías con el aplicativo SIN estuvieran trabajando bajo este sistema en diciembre de 2020, lo cual se logró en un porcentaje mayor al 90% de las notarías del país.

Posteriormente se implementó la factura electrónica al módulo de facturación de varios, lo cual se inició en el mes de julio de 2021 y a la fecha ya está en producción en el 100% de las notarías del país.

Así las cosas, los notarios que se encuentran actualmente habilitados como facturadores electrónicos y que utilizan el aplicativo SIN deben tener en cuenta lo siguiente:
Superintendencia de Notariado y Registro.
Circular Conjunta Nº 14 / 13-01-2022

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