DIAN EXPIDE RESOLUCIÓN QUE REGLAMENTA EL REGISTRO ÚNICO DE BENEFICIARIOS FINALES – RUB.

• Esta normatividad entrará a regir a partir del quince (15) de enero de 2022.

La Resolución, que entrará a regir a partir del 15 de enero de 2022, establece: las personas jurídicas y estructuras sin personería jurídica o similares obligadas a suministrar información a través del RUB, la información que se debe suministrar, la oportunidad para suministrar y actualizar la información, la debida diligencia que se debe realizar y el deber de conservación de los soportes de la información suministrada.

Resolución N° 000164
Abecé Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
Resolución N° 000164 / 27-12-2021

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