El simple traslado de un trabajador a una empresa rival no es por sí mismo un acto de competencia desleal.

Al resolver una demanda de una empresa colombiana contra una multinacional que presuntamente desvió su clientela, la desorganizó al quitarle a uno de sus trabajadores y le retiró su calidad de distribuidor exclusivo, la Sala Civil realizó varias precisiones acerca del concepto de competencia desleal.

En primer lugar, recordó, esta figura es el conjunto de actos que afecta el recto funcionamiento del mercado, por medio de conductas que provocan confusión de un comerciante con otro o de sus productos respecto de un competidor, maniobras de descrédito o actos que persiguen la desorganización de la empresa rival.
Corte Suprema de Justicia Sala Civil.
Sentencia, SC-41742021 / 13-10-2021

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