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Decreto 1920.- Crédito fiscal por inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, ganancias ocasionales, calificación de entidades del Régimen Tributario Especial e impuesto de timbre.
Utilidad en venta de la casa o apartamento de habitación. Están exentas del impuesto de ganancia ocasional las primeras cinco mil (5.000) Unidades Valor Tributario- UVT de la utilidad generada en la venta de la casa o apartamento de habitación de las personas naturales contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, siempre y cuando se cumpla con la totalidad de los siguientes requisitos: