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Embargo y secuestro de acciones – Proceso de sucesión.
El titular de las acciones embargadas y secuestradas conserva la totalidad de sus derechos políticos y, por ende, debe ser convocado a las reuniones del máximo órgano social para participar con su voto en las deliberaciones y decisiones que aquel tome. Dentro de los derechos políticos está el derecho de inspección, a partir del cual los accionistas pueden inspeccionar los libros y papeles de la compañía en los términos de las normas legales.